Son comerciantes quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualesquiera actividades que se refieran a lo siguiente:
- La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios.
- La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.
- La banca, seguros y fianzas.
- Los auxiliares de las anteriores
(Artículo 2 del Código de Comercio de Guatemala, Decreto Número 2-70)
Casos comunes en los que se inscribe solo el comerciante
- La persona desea formar una copropiedad
- La persona desea comprar una empresa ya existente
- Para comprar divisas en el Banco de Guatemala
Inscripción de un Comerciante Individual:
- Comprar un formulario de solicitud de inscripción de comerciante y de empresa mercantil. Tiene un valor de Q 2.00.
- Pedir una orden de pago y cancelarla en el banco
- Q75.00 para inscripción como Comerciante
- Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un fólder tamaño oficio con pestaña. El expediente debe contener:
- formulario correspondiente con firma autenticada de propietario (llenando únicamente la información personal del comerciante)
- cédula de vecindad
- El expediente es calificado por el departamento de empresa. El expediente puede ser rechazado por varios motivos, los más comunes son los siguientes:
- El formulario debe ser llenado a maquina.
- La fecha de la autentica debe coincidir con la fecha del formulario.
- No se especifica el régimen matrimonial o estado civil.
- No se especifica el municipio o el departamento en la dirección.